El gobierno de Legault se lanza a una revisión en profundidad del derecho de familia, que permanece inalterado desde 1980. A partir de ahora, los padres en unión libre tendrán nuevas obligaciones en caso de separación.
En resumen, esto es lo que cambiará luego que el proyecto de ley 56 entre en vigencia el miércoles.
Cabe señalar que las medidas solo se aplicarán a los niños nacidos o adoptados después del 29 de junio de 2025.
REPARTO DE LOS BIENES
Antes: En caso de separación, los cónyuges conservan sus bienes adquiridos durante su vida en común. No hay recursos compartidos programados.
Después: La porción del patrimonio familiar (casa, auto y muebles) adquirida después del nacimiento del hijo deberá ser separada entre los excónyuges a partes iguales. Las sumas acumuladas, por ejemplo, en una cuenta bancaria, en un REER o en un régimen de pensiones, quedan excluidas del reparto de los bienes.
PROTECCIÓN DE LA RESIDENCIA FAMILIAR
Antes: a diferencia de las personas casadas, un progenitor que tiene la custodia del menor puede ser expulsado de la residencia familiar si ésta pertenece al excónyuge.
Después: El tribunal podrá permitir que dicho progenitor permanezca en la residencia familiar de forma temporal, el tiempo necesario para encontrar otra vivienda.
HERENCIA
Antes: no se prevé ningún legado en ausencia de un testamento.
Después: El cónyuge vivo recibirá automáticamente la tercera parte de la sucesión, a menos que haya un testamento de las disposiciones contrarias.
RECURSO
Antes: en caso de que un miembro de la pareja se haya empobrecido en beneficio del otro al cuidar del menor, ya es posible un recurso de enriquecimiento injustificado.
Después: Un proceso de prestación compensatoria vendrá a facilitar el proceso.
PENSIÓN ALIMENTARIA
Sin cambios. A diferencia de las personas casadas, se puede solicitar la pensión alimenticia para los hijos, pero no para el excónyuge.
OPCIÓN DE RETIRO
Los cónyuges podrán decidir sustraerse a la ley en parte o en su totalidad, de común acuerdo, mediante un documento notarial.
En el momento de la separación, los padres también podrán renunciar total o parcialmente al reparto del patrimonio familiar.
Los padres en unión libre que sólo tengan hijos nacidos ANTES de la entrada en vigor de la ley podrán inscribirse o no, de forma voluntaria, realizando la solicitud ante un notario.
Fuente: TVANouvelles
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